El Gobierno extendió la doble indemnización

 

De esta forma, durante la vigencia del decreto y en caso de despido sin justa causa, la parte trabajadora afectada tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente de conformidad con los términos del artículo 3° del Decreto N° 34/19 y la legislación vigente en la materia.

No obstante, la medida no es aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto N° 34/19.

La ampliación fue publicada a través del Decreto 961/2020 y empezará a regir a partir del día 18 de diciembre de 2020, día posterior al vencimiento del plazo establecido por el Decreto N° 528/20.

 

Fuente: Cámara Argentina de Comercio 

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