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EPE: La Provincia anunció beneficios a usuarios no residenciales. Se extenderán a clientes de Cooperativas eléctricas.

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Las medidas aprobadas establecen que para la deuda acumulada entre el período del 1 de marzo y el 30 de setiembre de 2020, se tomará la misma a valores históricos, sin devengar intereses durante dicho período.

 

Además, este universo de usuarios podrá cancelar la deuda acumulada en 12 cuotas mensuales y consecutivas con un interés sobre saldo del 15% anual, en 6 cuotas mensuales y consecutivas con un interés del 9% anual sobre saldo, o de contado durante el mes de octubre del corriente, sin intereses.

 

Asimismo, las asociaciones civiles constituidas como clubes, centro de jubilados, sociedades de fomento, centros culturales, y asociaciones vecinales, son incorporadas con los derechos que otorga el Decreto Provincial 283/20, que establece la suspensión del corte del servicio en caso de mora o falta de pago de hasta tres facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020 y por el término de 180 días. Para el caso de personas jurídicas alcanzadas por el Decreto Provincial 283/20 y hasta tanto se cuente con la base de datos definitiva de beneficiarios, las mismas podrán tramitar el reconocimiento de lo establecido en la Resolución 210/2020 presentando la documentación que certifique su calificación.

 

Merece destacarse también que aquellos usuarios encuadrados en esa normativa y que hubiesen abonado sus facturas con recargo por pago fuera de término a posteriori del día 20 de marzo pasado, podrán gestionar el cómputo de dicho recargo como un crédito a su favor al momento de pagar una próxima factura.

 

Fuente: Prensa EPE 

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