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AFIP extendió hasta fin de julio el plazo para adherir a la moratoria

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La normativa instrumenta la prórroga en los plazos del plan de regularización establecido mediante el Decreto 569/2020. Asimismo, establece que la primera cuota de los planes de facilidades de pago que se presenten entre el 1 de julio y el 31 de julio de 2020, ambas fechas inclusive, vencerá el 18 de agosto de 2020.

 

Cabe destacar que la Moratoria 2020 permite que los contribuyentes regularicen deudas impositivas, de la seguridad social y aduaneras vencidas hasta el 30 de noviembre de 2019. La iniciativa vigente contempla un plazo de regularización de hasta 10 años, la condonación parcial de intereses y total de multas.

 

Los contribuyentes que se adhieran deberán contar con un Certificado MiPyme vigente otorgado por el Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación.

 

Fuente: AFIP

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