Créditos a tasa cero y sueldos complementarios: el gobierno amplió los beneficios del programa de asistencia de emergencia al trabajo y la producción

 

 

El mencionado Decreto, modificatorio del 332/2020, abarcará la postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino. Además, habrá un "Salario Complementario", que consiste en la asignación abonada por el Estado nacional para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado.

 

El monto de esa asignación será equivalente al 50% del salario neto del trabajador correspondiente al mes de febrero de 2020, no pudiendo ser inferior a una suma equivalente a un salario mínimo, vital y móvil ni superar dos salarios mínimos, vitales y móviles, o al total del salario neto correspondiente a ese mes.

 

Por otro lado, se dispuso un crédito a tasa cero para personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y para trabajadores autónomos en las condiciones que establezcan la Jefatura de Gabinete y el Banco Central, en el marco de sus respectivas competencias, con subsidio del 100% del costo financiero total.

 

Se trata de una financiación a ser acreditada en la tarjeta de crédito del beneficiario en los términos que, para la implementación de la medida, establezca el Banco Central, y el monto no podrá exceder una cuarta parte del límite superior de ingresos brutos establecidos para cada categoría del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, con un límite máximo de $150.000, desembolsado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas.

 

También se pone en marcha un "sistema integral de prestaciones por desempleo" que van de un mínimo de $ 6.000 a un máximo de $ 10.000.

 

El Decreto establece también que este paquete de medidas podrá extenderse hasta el 30 de junio, inclusive, aunque para las actividades, empresas y trabajadores independientes que siguieran afectados por las medidas de distanciamiento social, aun cuando el aislamiento social preventivo y obligatorio haya concluido, los beneficios podrán extenderse hasta el mes de octubre de 2020, inclusive.

 

Por consultas o más información, comunicarse con el Departamento de Financiamiento y competitividad Pyme enviando un correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o a través de su cuenta de Twitter @FinanCAME.

 

Fuente: CAME 

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