La medida busca facilitar la realización de las operaciones digitales que requieran de esa información en el marco de la emergencia sanitaria.
La excepción releva en forma transitoria a los contribuyentes de la obligación de concurrir a las dependencias del organismo para registrar su foto, firma y huella dactilar.
Adicionalmente, AFIP dispuso un plazo adicional excepcional de 90 días corridos, que se suman a los 180 existentes, para aquellos contribuyentes que deban informar la reorganización de sociedades, fondos de comercio, empresas o explotaciones.
Fuente: Prensa AFIP